Código Política
Libertad bajo discusión
Por Juan Gómez
El pasado 02 de abril el presidente Enrique Peña Nieto envió al Senado de la República el paquete de leyes secundarias de la reforma en Telecomunicaciones, lo que de inmediato desató una fuerte controversia entre dirigentes de partidos de oposición e investigadores y analistas, porque el contenido de algunos de sus artículos coloca a la libertad de expresión en el lindero de la censura.
Tema recurrente en el ámbito de la prensa, del análisis académico y de la política nacional, es sin duda, la libertad de expresión y su ejercicio a través de los medios formales, informales e informáticos o de la internert.
La proliferación en el uso de las redes sociales y la participación de un creciente sector social, han puesto la alerta en las esferas gubernamentales, en donde como se observa, se analizan distintos caminos para “regularizar” un instrumento cuya influencia en la opinión pública va en aumento.
El pasado siete de abril se abrió un foro de discusión y análisis en el Senado de la República, en el que se llevó a distintas conclusiones que, de entrada, resultan preocupantes.
Por ejemplo el sitio web Animal Político publicó al respecto lo siguiente:
“Bloqueo de señal en zonas determinadas, censura previa de contenidos, almacenamiento de datos de los usuarios sin orden judicial y fin al principio de neutralidad de la red, son algunas de las regulaciones sobre internet que el presidente Enrique Peña Nieto propuso en su iniciativa de Leyes secundarias de Telecomunicaciones. El Senado realizó un foro con expertos la semana pasada y aquí te presentamos sus opiniones. Las conclusiones, de forma conjunta, son poco alentadoras: los ciudadanos y sus derechos sólo son vistos como usuarios, y el Gobierno busca controlar la red”. (http://www.animalpolitico.com/2014/04/la-iniciativa-de-telecom-es-la-mas-regresiva-desde-que-internet-existe-en-mexico/#axzz2yp19RLjY)
Entre usuarios de la red y especialistas de las nuevas tecnologías han surgido más preocupaciones que optimismo en algunos artículos y apartados de la citada ley secundaria enviada por el Presidente Enrique Peña Nieto.
En el foro que se realizó del dos al cuatro del presente mes y en el que participaron expertos en TV, radio e internet, el abogado Jesús Robles Maloof enfatizó que a su juicio la iniciativa “es el más grande reto regresivo, autoritario, desde que internet existe en nuestro país
“En vez de garantizar un avance en materia de acceso a internet en el país, argumentó, se están dando facultades a las autoridades para cancelar el derecho a la libertad de expresión y acceso a la información con la propuesta de bloquear la señal en determinadas áreas”.
“El artículo 197, fracción VII, de la iniciativa presidencial plantea que a solicitud del Gobierno, los concesionarios podrán suspender la señal en determinadas áreas y eventos: “Bloquear, inhibir o anular de manera temporal las señales de telecomunicaciones en eventos y lugares críticos para la seguridad pública y nacional a solicitud de las autoridades competentes”.
“Solicitamos desde el Colectivo Internet Libre Para Todos que esa disposición se elimine”, pidió. ( http://www.animalpolitico.com/2014/04/la-iniciativa-de-telecom-es-la-mas-regresiva-desde-que-internet-existe-en-mexico/#ixzz2ypE6QP6W )
Asimismo otro de los artículos que han generado serias controversias el 145 de la citada propuesta, puesto que señala que los concesionarios “podrán bloquear el acceso a determinados contenidos, aplicaciones o servicios a petición expresa del usuario, cuando medie orden de autoridad o sean contrarios a alguna normatividad”.
En dicho artículo se deja al libre arbitrio de la autoridad la facultad de bloquear el acceso a contenidos o aplicaciones, lo que se ubica en el terreno de la discrecionalidad o del interés particular del gobernante para poder censurar alguna información o acto público.
El ciudadano y su libertad de acceso a la información serían rehenes de este artículo que se aplicaría bajo el criterio y el interés político de la autoridad.
El artículo 190 establece que “los concesionarios de telecomunicaciones, y en su caso, los autorizados y proveedores de servicios de aplicaciones y contenidos, están obligados a permitir que las autoridades facultadas por la ley ejerzan control y ejecución de la intervención de las comunicaciones privadas y a brindarles el apoyo que estas soliciten de conformidad con las leyes correspondientes”.
En tanto que el artículo 192 señala que los concesionarios “están obligados a conservar un registro y control de comunicaciones que se realicen desde cualquier dispositivo, bajo cualquier modalidad que permitan identificar con precisión la siguiente información: nombre, denominación o razón social y domicilio del suscriptor, tipo de comunicación y servicio; origen y destino de las comunicaciones; fecha, hora y duración de las comunicaciones; fecha, hora y ubicación geográfica de la primera activación de su servicio; identificación y características técnicas de los dispositivos, incluyendo códigos internacionales de identidad de fabricación de equipo del suscriptor; y la ubicación geográfica del dispositivo”.
Como puede observarse se busca un fuerte control sobre los usuarios que quedarían inermes y frágiles ante cualquier acción unilateral del gobierno en turno.
Ante el contenido de algunos articulados como los que se mencionan un grupo de políticos y académicos, escritores, actores y activistas encabezados por el fundador del PRD, Cuauhtémoc Cárdenas y por el senador panista Javier Corral, integraron el Frente Popular por la Comunicación Democrática, instrumento con el que pretenden incentivar el debate sobre la iniciativa de Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión que envió el Presidente de la República a la Cámara Alta.
Por otro lado los dirigentes de los partidos Acción Nacional y de la Revolución Democrática, Cecilia Romero y Jesús Zambrano, respectivamente, anticiparon que no aceptarán que la Carta Magna sea violada y disminuida a través de las leyes reglamentarias.
Existe poco tiempo para tratar de evitar que el contenido de algunos artículos de las leyes secundarias citadas, sean aprobadas en el Senado de la República, en donde se tiene hasta el día 30 del presente mes, para poder modificar o ratificar su contenido.
Al tiempo.