
El Instituto Electoral del Estado de Zacatecas y el Proceso Electoral, fue el tema de la conferencia que la Maestra Brenda Mora Aguilera, Consejera Electoral, presentó en el Primer Parlamento Joven del Estado de Zacatecas, que se lleva a cabo en la Legislatura.
En su exposición, después de presentar un video en el que se muestra el desarrollo y etapas del Proceso Electoral Local, la maestra Mora Aguilera explicó que el proceso electoral es el conjunto de actos realizados por las autoridades electorales, los partidos políticos y los ciudadanos, ordenados por la Constitución y esta Ley, que tiene por objeto la renovación periódica de los integrantes de los Poderes Legislativo y Ejecutivo, así como de los miembros de los ayuntamientos del Estado.
Las elecciones que regula el proceso electoral en Zacatecas es la renovación del Poder Legislativo. Dieciocho diputados propietarios y suplentes son electos por el principio de mayoría relativa, uno por cada distrito electoral uninominal; además, doce diputados propietarios y suplentes por el principio de representación proporcional, se eligen en una sola circunscripción plurinominal.
Asimismo, regula la elección de la persona titular del Poder Ejecutivo. Este Poder es depositado en un individuo que se denominará Gobernador del Estado, que será electo cada seis años, por el principio de mayoría relativa. Dijo además que de acuerdo con las últimas reformas constitucionales, se tiene previsto que por única ocasión se elegirá en el año 2016 a titular del Poder Ejecutivo para un período de 5 años.
De la misma manera el proceso electoral regula la elección de los integrantes de los Ayuntamientos, los cuales son electos por el principio de mayoría relativa los integrantes de la planilla, Presidente, Síndico y Regidores; y por el principio de representación proporcional el número de Regidores que corresponda.
La maestra Mora Aguilera dijo además que el proceso electoral concluye, tratándose de la elección de gobernador, con la resolución y la declaración de validez de que hubiere hecho el Tribunal Electoral Local, una vez que haya resuelto los medios de impugnación o cuando se tenga constancia de que no se presentó ninguno.
En las elecciones de integrantes del Poder Legislativo o de los ayuntamientos, una vez que se hayan expedido las constancias de mayoría y hechas las asignaciones por el principio de representación proporcional y en su caso se hayan resuelto los medios de impugnación o cuando se tenga constancia de que no se presentó ninguno.
Dijo también que la calificación de la elección de Gobernador del Estado se inicia cuando el Tribunal de Justicia Electoral del Estado realiza el cómputo final de esa elección, una vez resueltas, en su caso, las impugnaciones que se hubieran interpuesto sobre la misma, procediendo a formular la declaración de validez de la elección, y concluye con la declaración de gobernador electo, respecto del candidato que hubiese obtenido el mayor número de votos.
A la conferencia asistieron los 30 jóvenes parlamentarios que fueron designados por un jurado, luego de la Convocatoria que emitió la LXI Legislatura del Estado de Zacatecas.
Después de la Conferencia el Instituto Electoral del Estado de Zacatecas y el Proceso Electoral, las y los jóvenes parlamentarios conocieron y utilizaron la urna electrónica del Instituto Electoral.




























