
Al resolver diez asuntos instaurados en contra de diversos sujetos obligados, el pleno de la CEAIP multó al presidente municipal de Saín Alto, Martín Arturo Zamora Ramírez, por haber reprobado la evaluación del último trimestre de 2013, al no tener de manera completa y actualizada la información de oficio que contempla la Ley de Transparencia.
En la resolución del procedimiento de responsabilidad administrativa realizado en contra de actual munícipe de Saín Alto, los comisionados Raquel Velasco Macías y José Antonio de la Torre Dueñas votaron por unanimidad imponerle una multa de 500 cuotas de salario mínimo vigente en el Estado, cuyo monto es de 31 mil 885, que habrán de ser cubiertos con cargo a su patrimonio.
Lo anterior por transgredir la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Zacatecas (LTAIPEZ) al no cumplir a cabalidad con la difusión de oficio de forma completa y actualizada a través de medios electrónicos, de la información contenida en los artículos 11 y 15 de la norma.
El origen del procedimiento en contra del sujeto obligado, Ayuntamiento de Saín Alto, es la evaluación que realizó el Departamento de Tecnologías de la Información el día 27 de febrero de 2014, del último trimestre de 2013 (octubre-diciembre), en la cual obtuvo un promedio de 04.58 por ciento en relación al artículo 11 y cero por ciento respecto al artículo 15, de lo que resultó un promedio general de 02.29.
El comisionado ponente del procedimiento, José Antonio de la Torre Dueñas, manifestó que un criterio importante es que todos los sujetos obligados tienen el deber de garantizar el acceso a la información pública, haciendo transparente su gestión mediante la difusión de la misma.
En la sesión ordinaria de pleno de este día los comisionados del Órgano Garante eximieron de responsabilidad al titular de la unidad de enlace del Ayuntamiento de Momax, Federico Alonso Haro Mayorga –a quien se le delegó la responsabilidad-, ya que no obstante que se dio inicio con un procedimiento de responsabilidad administrativa por haber reprobado la evaluación del último trimestre de 2013, en el análisis que efectúo el Departamento de Tecnologías de la Información se obtuvo como resultado que subió de manera considerable su promedio, lo que demuestra su compromiso por cumplir con la ley. Además de que acreditó que el hecho que originó este procedimiento se debió a que la unidad de enlace se eligió al final del trimestre evaluado, lo que ocasiono que no pudiera tener al corriente el portal oficial del sujeto obligado con la información requerida.
Además de los procedimientos de responsabilidad administrativa se resolvieron ocho recursos acumulados en contra del Organismo Regularizador de la Tenencia de la Tierra en Zacatecas y la Junta de Protección y Conservación de Monumentos y Zonas Típicas del Estado de Zacatecas, en los que se dictó sobreseimiento por proporcionarse la información solicitada.




























