Por otro lado señaló que la prensa a nivel nacional ha puesto a Zacatecas en la mira, al señalarse diversas irregularidades por parte de la anterior administración de Miguel Alonso Reyes, que van desde compras públicas indebidas hasta la exigencia de moches por la realización de obras públicas.
Asimismo, el coordinador de la bancada de Morena, Luis Medina Lizalde, presentó la iniciativa para adicionar un párrafo al Artícuo 6 de la Constitución del Estado de Zacatecas para que quede establecido que el pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno, así como revocar el mandato de los servidores públicos electos por el sufragio popular, entiéndase: Gobernador, Diputados, Presidentes Municipales, Síndicos y Regidores y cerrarle así el paso a que todo quede en discurso.
La iniciativa establece los requisitos de que se debe acompañar la solicitud de revocación, como lo es al menos el diez por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores que hubiera obtenido el representante de elección popular (Gobernador, Diputados, Presidentes Municipales, Síndicos y Regidores), en la votación correspondiente (Estatal, Distrital o Municipal).
Por otra parte, la solicitud debe estar fundada y motivada, señalando la descripción clara y concisa de las causas por las que se solicita. Por su parte el Instituto Electoral del Estado de Zacatecas tendrá en su encargo la verificación de los requisitos para que se lleve a cabo la revocación de mandato, así como la organización, desarrollo, cómputo y declaración de resultados y se realizará sesenta días después de que el Instituto haya validado los requisitos establecidos.
También se plantea que, para la aprobación de la revocación del mandato, se requerirá la mayoría simple de votos válidos, de ser así, el representante de elección popular cesará de inmediato en sus funciones. La revocación del mandato no procederá durante el último año de funciones del representante de elección popular.
Por último, en los artículos transitorios, se señala que una vez que entre en vigor el presente Decreto, la Legislatura del Estado dispondrá de un término máximo de 120 días para hacer las modificaciones legales en la Ley de Participación Ciudadana para el Estado de Zacatecas, así como a las demás leyes y decretos que regulan esta materia, a fin de reglamentar y dar viabilidad a la Revocación de Mandato.
La iniciativa la suscribieron las legisladoras Geovanna Bañuelos e Iris Aguirre.