ZACATECAS.- La Sala Superior del TEPJF, en sesión pública, confirmó la sentencia emitida por el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas (TRIJEZ) en la que avaló la distribución del financiamiento público 2017 para partidos políticos en Zacatecas.
El partido político Movimiento Ciudadano, al impugnar la sentencia TRIJEZ-RR-001/2017, señaló que consideraba inadmisible exigir la obtención del 3% de votación válida emitida en la elección de Diputados en el proceso electoral local anterior como condición a los partidos políticos nacionales que conservan el registro para obtener el financiamiento público local.
Al respecto, los magistrados de la Sala Superior del TribuConfirmanal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), determinaron que no le asistía la razón al partido político actor, puesto que el otorgamiento del financiamiento público a los partidos políticos nacionales, tal como lo señaló el TRIJEZ, se encuentra sujeto a ciertas reglas de operación que están establecidas en la Ley Electoral de Zacatecas, en armonía con los principios constitucionales rectores de la materia electoral.
En ese sentido, el TEPJF señaló, al igual que el TRIJEZ, que no es posible asignar financiamiento público para la realización de actividades ordinarias y especificas al partido político Movimiento Ciudadano, ya que lo contrario equivaldría a privar de sentido y eficacia a la norma electoral y generaría inequidad entre los demás partidos políticos que sí alcanzaron el umbral de votación necesaria.