El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, en Sesión Extraordinaria, determinó el tope de gastos de campaña para la elección de Diputaciones y Ayuntamientos para contender en el proceso electoral ordinario 2017-2018, por la cantidad de 25 millones 387 mil pesos para cada elección.
El artículo 94 numeral 4 de la Ley Electoral, establece que quedarán comprendidos dentro de los topes de gastos de campaña, entre otros, los siguientes: Gastos de propaganda, entendiéndose por éstos los realizados en bardas, mantas, volantes o pancartas que hayan de utilizarse, colocarse para permanecer en la vía pública o distribuirse durante el periodo de las campañas; renta de equipos de sonido o locales para la realización de eventos políticos durante el periodo de campañas; propaganda utilitaria; así como los aplicados en anuncios espectaculares en la vía pública; salas de cine y eventos efectuados en beneficio de los candidatos.
Gastos operativos de la campaña, entre los que se incluyen, los sueldos y salarios del personal eventual, arrendamiento de bienes muebles e inmuebles, combustibles, gastos en servicios de transporte de personal y material; viáticos, logísticas de planeación de campaña y otros análogos que hayan de ser utilizados o aplicados durante el periodo de las campañas electorales.
Gastos de propaganda en diarios, revistas y otros medios impresos, que serán los realizados en cualesquiera de estos medios, tales como anuncios publicitarios, tendientes a la obtención del sufragio popular. En todo caso, tanto el partido y candidato contratante, como el medio impreso, deberán identificar con toda claridad que se trata de propaganda o inserción pagada.
Gastos de producción de los mensajes para radio y televisión: Comprenden los realizados para el pago de servicios profesionales; uso de equipo técnico, locaciones o estudios de grabación y producción, así como los demás inherentes al mismo objetivo.
Los gastos que tengan como propósito presentar a la ciudadanía las candidaturas registradas del partido político y su respectiva promoción.
Los gastos que tengan como finalidad el propiciar la exposición, desarrollo y discusión ante la ciudadanía de los programas y acciones de los candidatos registrados, así como la plataforma electoral.
Cualquier gasto que difunda la imagen, nombre o plataforma de gobierno de algún candidato o de un partido político en el periodo que transita de la conclusión de la precampaña y hasta el inicio de la campaña electoral.