La Fiscalía General de Justicia del estado de Zacatecas informó que no ha sido notificada formalmente de la resolución del Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Tercer Circuito, que concedió el amparo a Julio “N” en contra de la orden de aprehensión, pero afirmó que NO trae como consecuencia que el proceso en su contra se anule.
Especificó que dicho recurso jurídico, únicamente lo ampara contra la forma de conducción al proceso ante la justicia.
Anticipó que La Fiscalía continuará con su investigación, una vez que la autoridad responsable, que en la presente, es un Juez de Control del Poder Judicial del estado de Zacatecas, de cumplimiento al amparo, esta Fiscalía estará en posibilidad de solicitar nuevamente una orden de aprehensión en contra de Julio “N” por los delitos de homicidio calificado y robo calificado.
Explicó que la determinación del Tribunal Colegiado, es porque la orden de aprehensión fue otorgada por un Juez de Control previo a que el Congreso del estado resolviera respecto a la declaratoria de procedencia, considerando el Tribunal Colegiado que el mandamiento judicial no se podía conceder hasta no haber agotado el ejercicio legislativo solicitado por la Fiscalía.
Cabe señalar que esta determinación no tiene efectos sobre María “N”, de la cual se mantiene su mandamiento de captura vigente.
Somos respetuosos de las determinaciones judiciales y se actuará en razón de ellas, aunque estas no se compartan, pero dejamos claro que la investigación continúa y lo ocurrido no anula de ninguna manera el proceso.
La Fiscalía informa en un comunicado, que es importante señalar que la resolución emitida por el Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Tercer Circuito con sede en el Estado de Zacatecas, no trae como consecuencia que el proceso en contra de Julio “N” se anule, únicamente lo ampara contra la forma de conducción al proceso ante la justicia.