Después de casi diez meses de la agresión a mujeres, niñas y niños, durante la marcha conmemorativa del 8 de marzo “Día Internacional de la Mujer”, la Comisión Nacional de Derechos Humanos emitió la recomendación en contra de la Secretaría de Seguridad Pública del gobierno del estado de Zacatecas y de la Policía Municipal Preventiva de la capital, por violaciones a la libertad de expresión, violencia física y sicológica en contra de las manifestantes.
La CNDH estableció en el amplio documento, medidas de rehabilitación; medidas de compensación; medidas de satisfacción; y medidas de no repetición de los hechos.
En este contexto recomienda que en un plazo no mayor a 6 meses y en coordinación con el gobierno del estado, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, realizará las gestiones respectivas para renombrar el Callejón de las Campanas, bajo una denominación
que incluya una mención a la conmemoración del 08 de marzo, como Día internacional de la Mujer, como una forma de conmemoración de la dignidad y humanidad de las víctimas”.
La CNDH recomiendo que se inicie el trámite ante la Comisión Estatal de Atención a Víctimas de Zacatecas (CEAVZ), para que proceda la inmediata reparación del daño, que incluya la medida de compensación y se envíe a dicha Comisión las constancias del cumplimiento.
Recomienda también la realización de una disculpa institucional a QV1 a QV15 (dos de las mujeres víctmas, de quienes se cubre su identidad) “en la que reconocerán los hechos y aceptará la responsabilidad de estos, a fin de restablecer la dignidad y los derechos de QV1 a QV15; hecho lo cual, envíen a esta CNDH las constancias de su cumplimiento”.
Por otro lado, en colaboración con la CEAVZ y las instituciones públicas de salud
necesarias, garantizar que QV1 a QV15 reciban la atención médica, psicológica y/o
psiquiátrica que requieran, por los hechos constitutivos de violaciones a derechos
humanos analizados en esta Recomendación, la cual deberá brindarse
gratuitamente, de manera inmediata, en un horario y lugar accesible para las
víctimas, con su consentimiento y previa información clara y suficiente,
proporcionada por personal profesional especializado.
Se puso en riesgo a niñas y niños
En el documento se indica que “a intervención violenta de las autoridades responsables en las acciones de manifestación y protesta, además de poner en riesgo los derechos humanos de las víctimas, entre las cuales V9 es una adolescente, también puso en riesgo a niñas, niños y adolescentes quienes, de acuerdo con la evidencia documental, estaban
presentes en el contingente establecido en la Plaza de Armas.
Argumenta que “por ello el personal policiaco fue omiso en observar en el desempeño de su servicio, el cuidado y protección de las niñas, niños y adolescentes, colocándolas en una situación de riesgo, amenaza y peligro diferenciado, siendo una medida de garantía del interéssuperior de la niñez y adolescencia prevista en la Ley de las Instituciones Policiales de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Zacatecas”.
Continuará el trámite de denuncias
Asimismo recomienda “Colaborar ampliamente con esta CNDH en la denuncia administrativa que, con motivo de los hechos, presente ante los Órganos Internos de Control Específicos de la SSP y de la PMZ, en contra de las personas autoridades responsables AR1 a AR63 individualizadas y respectivamente en esta Recomendación, a efecto de que dicha autoridad determine lo que en derecho corresponda; hecho lo cual, remita a esta CNDH las constancias de su cumplimiento”.
“Con motivo de su responsabilidad institucional, colaborarán ampliamente
con la investigación realizada por la FGJ con motivo de la integración de las CI1, CI2
y CI3, debiendo aportar copia de esta Recomendación a esa Fiscalía, así como de
las evidencias que la acompañan; hecho lo cual, remita a este Organismo Nacional
las constancias de su cumplimiento”.