Por Carlos Ernesto Alvarado Márquez.
La mayoría de los mexicanos recuerda la tragedia de la Guardería ABC; recuerda el incendio, las imágenes de desesperación, los funerales y la indignación que recorrió al país entero. Lo que pocos recuerdan es que el debate jurídico nunca consistió en descubrir quién prendió el fuego. De hecho, las personas condenadas no fueron encontradas responsables por provocar el incendio; la acusación siguió un camino mucho más complejo y mucho más interesante para el derecho. La tesis fue que diversas autoridades, supervisores y responsables de distintas áreas incumplieron obligaciones que tenían precisamente para evitar que una tragedia de esa naturaleza pudiera ocurrir; no se les señaló por una acción, sino por una omisión.
Durante años el expediente giró alrededor de esa discusión. Los tribunales analizaron si existían deberes de vigilancia, si determinadas personas tenían una posición de garante, si los incumplimientos eran suficientemente graves para generar responsabilidad penal y si podía demostrarse una relación jurídica entre esas omisiones y el resultado final. No era una discusión sencilla; el derecho penal siempre ha desconfiado de las condenas fáciles porque sabe que una tragedia, por dolorosa que sea, no sustituye a la prueba ni convierte automáticamente a cualquier funcionario en culpable. Por eso se litigó durante años, por eso hubo condenas, recursos, revisiones y amparos; porque la pregunta no era únicamente quién ocupaba un cargo, sino quién tenía una obligación concreta y qué tan relevante había sido su incumplimiento.
Mientras todo eso ocurría, las familias seguían esperando respuestas y el sistema judicial hacía lo que mejor sabe hacer cuando enfrenta asuntos complejos; caminar lentamente. Los expedientes crecieron, los tomos se multiplicaron y los años comenzaron a acumularse con una velocidad que rara vez tienen las sentencias. La justicia mexicana tiene esa peculiar habilidad de convertir el calendario en una prueba adicional de resistencia; primero sobrevives a la tragedia, luego sobrevives al proceso.
Hasta ahí el asunto podía gustar o no, pero seguía siendo una discusión reconocible dentro del derecho penal. Se debatían omisiones, causalidad, culpa y responsabilidad; conceptos discutibles, desde luego, pero conocidos. Sin embargo, cuando parecía que la conversación continuaría por ese camino, la Suprema Corte decidió mirar hacia otro lado y colocar sobre la mesa una pregunta distinta. Ya no se trataba de quién incumplió sus deberes ni de cómo debían individualizarse las penas; ahora la cuestión era si la acción penal podía extinguirse por el simple paso del tiempo.
La respuesta de la Corte fue contundente; no. Tratándose de graves violaciones a derechos humanos de niñas y niños, sostuvo que la acción penal no prescribe. La frase tiene una fuerza moral difícil de cuestionar y probablemente cualquier ciudadano decente estaría de acuerdo con la intención que la inspira; después de todo, nadie quiere que una tragedia de esa magnitud quede sepultada bajo el polvo de los archivos judiciales. El problema es que las sentencias constitucionales no se evalúan únicamente por sus buenas intenciones; también deben responder una pregunta mucho menos emotiva y mucho más incómoda. ¿De dónde salió exactamente esa regla?
Y es aquí donde el debate deja de ser sobre la Guardería ABC y comienza a ser sobre la propia Corte. Durante décadas se nos explicó que los jueces constitucionales interpretan la ley, que descubren el significado de las normas y que su legitimidad proviene precisamente de no comportarse como legisladores. Era una teoría bastante razonable; los congresos crean las reglas y los jueces las aplican. Todos sabían cuál era su asiento en la mesa. Sin embargo, de vez en cuando aparece una sentencia que provoca la sensación de que alguien decidió cambiar el plano del edificio mientras los demás seguían ocupados leyendo el reglamento.
Porque si la imprescriptibilidad existía, convendría señalar con precisión dónde estaba; si derivaba directamente de una disposición constitucional, sería útil identificarla; si provenía de una obligación internacional específica, sería importante explicarla. Pero si la respuesta termina descansando en una construcción jurisprudencial cada vez más amplia, entonces estamos frente a algo distinto. Ya no hablaríamos solamente de una Corte interpretando normas; hablaríamos de una Corte descubriendo facultades con el entusiasmo de un arqueólogo que encuentra tesoros jurídicos que nadie había visto durante décadas.
Lo curioso es que muchas de las voces que hoy celebran esta expansión son las mismas que durante años advirtieron sobre los peligros del activismo judicial. Ayer los jueces debían ser prudentes, contenidos y respetuosos de los límites de la ley; hoy parecen convertirse en héroes cuando encuentran excepciones que el legislador jamás escribió. Resulta fascinante observar cómo algunas teorías constitucionales envejecen más rápido que un litro de leche al sol; sobreviven mientras producen resultados cómodos y desaparecen cuando dejan de ser útiles.
La tragedia de la Guardería ABC merece justicia, verdad y memoria; eso ni siquiera está en discusión. Lo que sí merece discusión es la facilidad con la que algunos parecen dispuestos a sacrificar principios jurídicos cuando la causa es suficientemente noble. La historia del derecho está llena de ejemplos donde las excepciones nacieron para resolver casos extraordinarios y terminaron convirtiéndose en herramientas ordinarias del poder. Casi siempre comenzaron con argumentos razonables; casi siempre se justificaron en nombre de una causa superior; casi siempre recibieron aplausos.
La conclusión quizá no sea sobre la Guardería ABC sino sobre algo mucho más amplio. Los ciudadanos solemos preocuparnos cuando los políticos intentan cambiar las reglas; tal vez deberíamos mostrar la misma atención cuando los tribunales comienzan a descubrir reglas que nadie sabía que existían. Al final, el poder tiene muchas formas de crecer; algunas llegan en reformas constitucionales y otras aparecen discretamente en una sentencia. Las segundas suelen ser más elegantes, pero no necesariamente menos importantes.




























