Zacatecas. – La Sala Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió que es improcedente la sentencia que emitió el Tribunal local en materia electoral, ya que hay presunción de que el recurso presentado por Benjamín Medrano Quezada, fue ventaja para conseguir la plurinominal por la vía jurídica.
Según la magistrada Claudia Valle Aguilosocho, la resolución del TRIJEZ no es procedente ya que, al ser un tema de elección de listas plurinominales, en la que se afecta a otros actores como Judith Guerrero, Jehú Salas Dávila, Víctor Rentería y Gabriela Basurto, por aspirar al Congreso local, interponiendo un recurso que es jurisprudencia únicamente del partido político.
Además de que no se vulneran sus derechos, ya que desde el principio se tenía conocimiento que el escaño 6 de la lista pertenecería a la comunidad LGBT, y desde ese momento, se tuvo que presentar un recurso de apelación a las instancias correspondientes del PRI, por lo que se presumen vicios para buscar el mejor puesto en la vista fuera del tiempo.
El magistrado Ernesto Camacho Ochoa respaldó lo anterior, en donde el hecho tuvo que revisarse desde que se lanzó la resolución interna del PRI, por lo que es atemporal la denuncia presentada por Medrano Quezada.
Con esto, Benjamín Medrano aspiraría a la diputación plurinominal únicamente si es que se cumplen los sitios disponibles para el PRI en la elección, y esperar si el número 6 de representación proporcional aspira a llegar a un curul en la LXIV Legislatura.