CDMX.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) una suspensión parcial del decretazo del presidente Andrés Manuel López Obrador, con el que fueron clasificados como “seguridad nacional” los proyectos y obras prioritarias del gobierno federal.
La suspensión provisional “surtirá efectos de inmediato y sin necesidad de otorgar garantía alguna, sin perjuicio de que pueda modificarse o revocarse derivado de algún hecho superveniente”, dice el acuerdo de la Corte.
“Es procedente para que se suspendan todos los efectos y las consecuencias del acuerdo impugnado y que deriven en catalogar la información detallada en éste como de interés público y/o seguridad nacional, sin cumplir con los supuestos que las leyes respectivas prevén para ese efecto”, determinó la SCJN.
El INAI alegó que el presidente de la República no tiene atribuciones para realizar esta clasificación que reserva de información de las obras de la actual administración.
-El acuerdo mandatario- “transgrede los principios de supremacía constitucional y legalidad, porque realiza una reserva anticipada y generalizada de la información relativa a esos proyectos u obras, vulnerando el derecho a saber de la sociedad”, señaló el organismo
Esta suspensión es sólo una medida cautelar, por lo que estará vigente hasta que el máximo tribunal del país determine si el acuerdo presidencial es constitucional.
El llamado decretazo de AMLO, fue publicado el 22 de noviembre en el Diario Oficial de la Federación (DOF), para instruir a la Administración Pública Federal reservar los proyectos y obras del Gobierno de México al considerarlos como temas de seguridad nacional.