Esta mañana fueron desalojados los trabajadores mineros que realizaban guardia en el acceso a la mina San Martín en Sombrerete, Zacatecas, por un grupo de personas que se trasladaron a esa empresa propiedad de Industrial Minera México, que se encuentra en huelga desde el 30 de julio del 2007.
En comunicado dado a conocer por el Frente Social por la Soberanía Popular cuyo colectivo encabeza el ex diputado local José Ruperto de los Santos Cervantes, se precisa que se pretendió echar por la fuerza a los mineros agruñados en la sección 201 del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana, pero que no opusieron resistencia.
Hasta el momento la empresa Industrial Minera México no ha dado conocer su postura al respecto del incidente denunciado.
A continuación se transcribe el comunicado enviado a la redacción de Pórtico On Line:
FRENTE SOCIAL POR LA SOBERANÍA POPULAR
BOLETÍN DE PRENSA
Hoy 31 de agosto de 2012 a las 7:15 de la mañana, llegaron a las instalaciones de la Mina San Martín de Sombrerete, Zac., cinco autobuses que trasladaron a golpeadores, contratados por la empresa Industrial Minera México, para desalojar por la fuerza a la guardia de trabajadores pertenecientes a la Sección 201 del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana (SNTMMSySRM), que están en huelga desde el 30 de julio de 2007 por incumplimiento de la empresa en cuanto a las medidas de seguridad e higiene contenidas en el contrato colectivo de trabajo.
Para evitar un enfrentamiento violento, abandonaron la guardia antes de que los golpeadores arribaran a donde está el campamento de la guardia de los los trabajadores en huelga y en estos momentos están concentrados en el local de la Sección 201, ubicado en la misma comunidad de San Martín, y esperamos que los golpeadores no lleguen al extremo de asaltar violentamente el edificio sindical.
Informamos que la empresa tuvo concentrados a estos golpeadores contratados en Colima, Fresnillo y Zacatecas, desde hace una semana en dos hoteles de la ciudad de Sombrerete, esperando la orden, dada hoy, para desalojar a los huelguistas de manera violenta, cuestión que no se dio puesto que los mineros evitaron el enfrentamiento.
Esta es una arbitrariedad más de la empresa, CON LA COMPLICIDAD DEL GOBIERNO FEDERAL Y DEL PODER JUDCIAL DE LA FEDERACIÓN, puesto que hasta este momento no tiene ningún recurso legal para dar por terminada la huelga, y menos con actos de violencia.
Informamos también que desde hace dos años Grupo México pidió a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) que declarara que el conflicto laboral es imputable al sindicato minero, con el propósito de que esta instancia tuviera la última palabra en el conflicto, a pesar de que los artículos 469 y 937 de la LFT determinan que se trata de un derecho exclusivo de los trabajadores, y son ellos los únicos que pueden decidir en qué momento terminar una huelga.
El sindicato minero, que encabeza Napoleón Gómez Urrutia, impugnó la resolución del juzgado tercero de distrito y un tribunal colegiado de circuito turnó el caso a la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que en breve resolverá en definitiva la controversia, es decir, aun no se le ha otorgado el amparo.
Abogados de Grupo México –que encabezan los hermanos Germán y Genaro Larrea Mota Velasco, este último fallecido el pasado miércoles– se han reunido con la ponente de este caso, la ministra Margarita Luna Ramos, quien al parecer tiene listo un proyecto de resolución que propone conceder el amparo a la empresa y confirmar el fallo del juez tercero de distrito. Es decir, la autoridad judicial se está poniendo de acuerdo con la empresa para acabar con el derecho de huelga.
Por su lado, el sindicato minero se opone a dicho amparo porque considera que si la Corte avala la resolución del juzgado, se corre el riesgo de que el derecho de huelga quede afectado.
En su exposición de motivos o agravios, planteados en el recurso de revisión del expediente 724/201, el sindicato minero expuso: “No hay que perder de vista que la huelga es también el instrumento ideal y habitual para forzar al patrón a celebrar un contrato colectivo de trabajo, de acuerdo con lo que dispone el artículo 387 de la LFT.
Sin embargo, ¿de qué les servirá emplazar a huelga a su patrón para celebrar un contrato colectivo y así mejorar sus condiciones de trabajo, si una vez estallada el empleador pide a la Junta de Conciliación y Arbitraje que resuelva el fondo del problema y al final es ésta la que determina el contenido del supuesto contrato, sin negociación alguna?
Por ello, de subsistir el criterio de la sentencia que se impugna, no sólo se acabaría con el derecho de huelga, sino también con la negociación colectiva que es, a su vez, el instrumento fundamental para que los gremios puedan cumplir su objetivo de mejorar las condiciones laborales de sus miembros.
Por todo lo anterior y además tomando en cuenta que la Sección 201 SNTMMSySRM forma parte del Frente Social por la Soberanía Popular, pedimos la intervención inmediata del gobierno del estado, para que haga valer la ley, y defienda los derechos de los trabajadores mineros zacatecanos, y que denuncie esta arbitrariedad de la empresa, que está cometiendo un delito impunemente en nuestro estado.
Por la Coordinación Ejecutiva del FSSP
José Santos Cervantes