La LX Legislatura del Estado de Zacatecas aprobó en período extraordinario la consulta popular, el referendo y el plebiscito con 23 votos a favor y cinco en contra.
Integrantes y de otras organizaciones civiles incluyendo el movimiento #Yosoy132 se manifestaron durante la aprobación de las reformas electorales a la Constitución, lo que provocó que a sesión se aplazara en varis ocasiones y fue hasta avanzada la noche que pudo ser aprobada.
Entre los cambios más importantes esta la reducción al número de regidores que integran los Ayuntamientos ya que se reducirá hasta en un 30 por ciento el número, tanto de los electos por mayoría relativa, como de representación proporcional, guardando la proporción en términos aproximados en un 60 por ciento de los de mayoría relativa y un 40 por ciento de los de representación proporcional.
esto a efecto de que los cabildos a partir de la entrada en vigor de la reforma, se integren de la siguiente manera: los que actualmente cuentan con diez se conformarán con siete regidores; los que cuentan con trece se integrarán con diez; los que cuentan con diecisiete tendrán doce y los que cuentan con veinte se integrarán con catorce regidores, ello permitirá un funcionamiento más eficaz de los cuerpos edilicios y consecuentemente, un ahorro de recursos públicos, mismos que podrán destinarse a proyectos y obras de desarrollo social en los respectivos municipios.
entre otras características la iniciativa busca que los ciudadanos puedan proponer reformas legislativas y votarlas, lo que es el referéndum.
En esta iniciativa con el interés de incrementar los espacios de la participación ciudadana en los procesos de decisión política se incorpora la consulta popular como derecho fundamental de los ciudadanos zacatecanos.
La importancia de este mecanismo radica en el fortalecimiento de la participación política de la ciudadanía en los procesos de decisión colectiva para construir una ciudadanía más fuerte, consciente y atenta a los problemas que la aquejan; corresponsable de las soluciones colectivas que se adopten para enfrentarlos.
Es importante mencionar que también con la presente iniciativa se pretende modificar el texto del párrafo cuarto de la artículo 52 de la Constitución de nuestro Estado, pues en ella se establece que los partidos políticos al formar una coalición participan con un emblema único, sin embargo, en la práctica esto ha limitado a los electores a emitir el sufragio, en virtud de no coincidir con otros partidos coaligados y sin permitir la distinción del partido político de su preferencia.