Zacatecas. – El Gobierno del estado, estipuló en el Periódico Oficial, la prohibición de las celebraciones luctuosas, incluida las etapas de velación, el sepelio y la celebración de misa de cuerpo presente en los supuestos de personas fallecidas a consecuencia del padecimiento por Covid-19.
Esto debido a que el Consejo de Salubridad General, reconoció la epidemia de enfermedad por el virus Covid-19 en México y de atención prioritaria, por lo que las entidades federativas tienen la obligación de tomar medidas de salubridad necesarias para actuar ante esta.
En el documento puntualizan que en los casos de fallecimientos de causas diferentes a Covid-19 u otra enfermedad transmisible, se permitirán las ceremonias luctuosas, con asistencia de familiares, siempre y cuando se realicen bajo las medidas de prevención por la pandemia.
Por lo que el personal que este cargo de los establecimientos funerarios, deberá instruir a los familiares y personas acompañantes del fallecido a no tocar, ni besar el cuerpo, así como permanecer con distancia mínima de 2 metros.
Resaltan que los establecimientos deberán realizar la inhumación o incineración no más de 12 horas posteriores al diagnóstico de la muerte, asimismo señala que el personal que participe en la preparación del cadáver deberá portar equipo de protección personal como guantes, cubre bocas, protección ocular y demás análoga.
Recomendaciones para funerarias, salas de velación y velatorios
En esta publicación, se establece que las funerarias, salas de velación, velatorios y otros similares, deben evitar la cercanía de las personas en los asientos, sillas, sofás y muebles, por lo que deberán reducir el aforo de las salas a un máximo de 10 personas, con un distanciamiento entre personas de 1.5 a 2 metros. Asimismo, se deberá prescindir la presencia de niños y adultos mayores de 60 años.
Además, se puntualiza en contar con surtidores de gel antibacterial que cumplan con las especificaciones de alcohol al 70% en las áreas de ingreso al salón de velación y en los baños garantizar el abasto de insumos para la higiene de manos como agua, jabón y toallas de papel.
Por último, exponen que los establecimientos que presten servicios de embalsamado deberán acatar las medidas de bioseguridad, utilizando el equipo de protección personal completo durante todo el proceso como guante, cubre bocas, delantal impermeable, con el objetivo de disminuir el riesgo de contacto con los fluidos de todos los cadáveres.