El nuevo Código Nacional de Procedimientos Penales, aprobado en febrero pasado, contiene varios artículos que han sido objeto de crítica por parte de diversas organizaciones no gubernamentales en el país y defensores de derechos civiles.
Uno de los artículos que causa mayor resquemor es el 291 que faculta al Ministerio Público, tanto federal como estatal, para intervenir las comunicaciones de las personas que sean investigadas por sus agentes.
Con ello, tanto el Procurador General de la República como los fiscales de los estados, en Zacatecas es Arturo Nahle García –quien en una ocasión se refirió a sí mismo como el velador de la entidad-, podrán recabar hasta por seis meses la información que emita el sospechoso por medio de canales de audio o video, mensajes escritos, archivos electrónicos, cualesquier tipo de tecnología que conserve el contenido de sus conversaciones o registren dados que identifiquen la comunicación.
La intervención, incluso, puede realizarse sin obtener un mandato judicial, bastará con que las autoridades la consideren necesaria para la investigación de un delito relacionado con la seguridad del estado.
Los medios nacionales hablan de que las autoridades podrán intervenir los teléfonos celulares de los presuntos inocentes, pero el también llamado Código Único no habla de teléfonos sino de cualquier medio producto de la evolución tecnológica que permita comunicarse por vía oral, escrita, mediante signos o señales, por medio de aparatos eléctricos, electrónicos, mecánicos, alámbricos o inalámbricos, sistemas o equipos informáticos.
Las empresas que prestan servicios de telecomunicaciones estarán obligadas, en caso de no obedecer se harán acreedoras a sanciones, a desarrollar la “capacidad técnica indispensable que atienda las exigencias requeridas por la autoridad judicial para operar una orden de intervención de comunicaciones privadas”.
Otro artículo relacionado, el 295, establece que si en la práctica de una intervención de comunicaciones privadas las autoridades se enteran de que el sujeto en vigilancia incurre en un delito distinto al que origina la investigación, los agentes reportarán el hallazgo para que se abra otro expediente.
Políticos de oposición, pertenecientes a institutos políticos como Movimiento Ciudadano o el Partido del Trabajo, señalan que en manos de los procuradores estás facultades serán utilizadas para perseguir a personas incómodas para la clase gobernante.



























