El Consejo General del Instituto Electoral del estado de Zacatecas aprobó la procedencia del registro preliminar de 7 aspirantes a candidatos independientes para participar en el Proceso Electoral 2017-2018, entre los que se encuentra Antonio Arteaga Hernández, aspirante al ayuntamiento de Genaro Codina.
A todos los candidatos se les entregó una constancia de registro preliminar, para contender en los municipios de Zacatecas, Río Grande, Genaro Codina, Juan Aldama y Jerez; así como en el Distrito VII de Fresnillo.
Durante el Desarrollo de la sesión extraordinaria, rindieron protesta también Eduardo Noyola Ramírez y José Alfredo Guerrero Nájera, como representantes propietarios de los partidos políticos estatales La Familia Primero y Partido del Pueblo ante el Consejo General del IEEZ, respectivamente.
Una vez revisado el apoyo ciudadano y los requisitos establecidos en la ley para participar como candidatos independientes, el consejo general aprobó las resoluciones sobre la procedencia del registro preliminar de Jorge Adrián Castillo Herrera, aspirante a la candidatura independiente al cargo de presidente municipal de Zacatecas; de José Molina Salcedo, para el municipio de Río Grande; Antonio Arteaga Hernández, para el municipio de Genaro Codina; Hildegardo Sosa Pérez, para el Municipio de Juan Aldama,
Además, se aprobó la procedencia del registro preliminar de Carlos Marcos Hernández Magallanes, aspirante a la candidatura independiente al cargo de diputado por el distrito electoral uninominal VI, con sede en Fresnillo, Zacatecas; de José García Sánchez, aspirante a la candidatura independiente al cargo de presidente municipal para el municipio de Juan Aldama, y de José Luis Botello Botello, aspirante a la candidatura independiente al cargo de presidente municipal de Jerez.
Asimismo el consejo general determinó que cada uno de los aspirantes deberán cumplir con las disposiciones legales y reglamentarias para el registro de las candidaturas de la planilla por el principio de mayoría relativa y de la lista por el principio de representación proporcional del Ayuntamiento correspondiente.
El aspirante a candidato a la diputación local por el Distrito VI, deberá cumplir con las disposiciones legales y reglamentarias para el registro de la candidatura al cargo de Diputado por el principio de mayoría relativa.