La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT) informa que, con la finalidad de proteger el derecho que tienen los contribuyentes de deducir y acreditar impuestos, da a conocer malas prácticas detectadas en la emisión de facturas.
El contribuyente que solicita la factura sólo debe proporcionar su RFC, cualquier otro dato adicional no es requisito para la emisión.
Proporcionar un correo electrónico para el envío del CFDI es opcional, en ningún caso es obligatorio. Cualquier contribuyente puede revisar en tiempo real que le haya llegado su factura a través de la página del SAT con su RFC y contraseña.
No existe razón alguna para Incrementar el precio del bien o servicio cuando se solicita la factura. El precio debe incluir el IVA, sin importar si se solicita o no la factura.
Obligar al receptor a generar la factura en un portal.
Se puede emitir con posterioridad, mientras sea en el mismo año en que se realizó la operación.
Registrar una forma de pago distinta a la recibida o registrarla sin que esté pagada.
Solicitar obligatoriamente se indique el uso que se le dará a la factura. Si este campo no lo proporciona el receptor, se deberá utilizar la clave “P01 Por definir” o bien la que señale el receptor.
Negar la emisión de la factura cuando se pague en efectivo
Cuando se reciban anticipos, éstos deben facturarse.
No emitir factura. El SAT no tiene convenios o acuerdos para eximir de las responsabilidades fiscales a cualquier persona moral o física.
Es importante destacar que estas prácticas indebidas pueden causar infracciones y hasta clausura del establecimiento. Las denuncias se pueden hacer directamente en www.sat.gob.mx