El Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas resolvió darle 24 horas al Comité Ejecutivo Nacional del PAN para emita nueva convocatoria para seleccionar candidatos plurinominales a regidurías en los 58 ayuntamientos.
Asimismo el TJEEZ desechó las impugnaciones a las candidaturas de José Manuel Balderas, Cuauhtémoc Calderón y Guadalupe Medina Padilla, por considerar improcedentes los recursos de impugnación de sus precandidaturas.
Por unanimidad de votos los Magistrados revocaron el acuerdo impugnado, al argumentar el Comité Ejecutivo Nacional del PAN no tenía motivos suficientes para justificar la designación directa de candidatos, además de que las condiciones internas del partido para nombrarlos no permitían cumplir con los principios de equidad y paridad de género.
En la sentencia se establece que el órgano partidista no puede dejar de llevar a cabo los procedimientos democráticos para elegir a sus candidatos, pues esa exigencia esta prevista en la Constitución.
Respecto al Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano que interpuso Jesús Enrique Carrillo Durán en contra de José Manuel Balderas y María Guadalupe Medina Padilla, se declaró improcedente
Es importante mencionar que José Manuel Balderas Castañeda y María Guadalupe Medina Padilla, son precandidatos a diputado de mayoría relativa y representación proporcional en el distrito electoral XVII con cabecera en Juan Aldama, el primer y la segunda como precandidata a diputada local de mayoría relativa en el distrito electoral V, con cabecera en Guadalupe, Zacatecas.
En este contexto se confirmó el auto emitido por la Segunda Sala de la Comisión Nacional de Elecciones del PAN, pues los Magistrados advirtieron que Jesús Enrique Camarillo Durán no tiene interés ni legitimación procesal para impugnar los actos relacionados con el proceso de selección de candidatos.
Se resolvió que de de acuerdo a los reglamentos del PAN sólo los precandidatos cuentan con el interés y la legitimación procesal para impugnar.
Asimismo se declaró improcedente Juicio para la Protección de los Derechos Políticos Electorales del Ciudadano interpuesto por Silvia Rodríguez Ruvalcaba, en el que se inconforma porque la Segunda Sala de la Comisión Nacional de Elecciones del PAN declaró improcedente el recurso que se interpuso en contra del Acuerdo de registro de Cuauhtémoc Calderón Galván como precandidato a diputado local por el principio de representación proporcional.
El citado juicio se declaró improcedente debido a que la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación emitió una resolución, en la que declaró que había ambigüedad en las normas aplicadas, y que violentaban el derecho de ser votado de Calderón Galván pues este no se encontraba en el supuesto aducido por la actora y para permitir el registro del Calderón.
Por esta razón, argumentan los Magistrados en la Sentencia, el Juicio queda sin materia por tratarse de cosa juzgada.