ZACATECAS.- En sesión pública, el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas (TRIJEZ) resolvió los últimos dos medios de impugnación relacionados con la elección extraordinaria que se llevó a cabo para renovar el ayuntamiento capitalino.
Los ciudadanos Rodolfo Rodríguez Navarro, candidato independiente, y Rosa Guillermina Márquez Madrid, candidata número dos de la lista de regidores de representación proporcional presentada por el Partido de la Revolución Democrática, promovieron Juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, en contra del acuerdo mediante el cual el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ) asignó las regidurías por ese principio para integrar el Ayuntamiento del municipio de Zacatecas tras la pasada elección extraordinaria.
Por una parte, Rodolfo Navarro se inconformó por no haber sido considerado para el procedimiento de asignación que realizó el IEEZ, a pesar de haber obtenido el porcentaje necesario; por otra parte, Guillermina Márquez argumentó que existió una violación a los principios de paridad y alternancia de género al no haber sido tomada en cuenta para la asignación final de las regidurías.
En primer lugar, los magistrados concluyeron que, Rodríguez Navarro no tenía derecho a una asignación directa como regidor por el solo hecho de haber obtenido el porcentaje del 3 por ciento de la votación, pues la Ley Electoral del Estado de Zacatecas no establece ese tipo de asignación.
En segundo lugar, respecto a las violaciones hechas valer por Guillermina Márquez, tres de los magistrados determinaron que contrario a lo señalado por la actora, el IEEZ sì verificó que se cumpliera con los principios de paridad y alternancia de género en la etapa correspondiente al registro de las listas.
El magistrado presidente Juan de Jesús Alvarado Sánchez y la magistrada Norma Angélica Contreras Magadan manifestaron respecto al caso de Guillermina Márquez no estar de acuerdo con lo señalado por el resto de los magistrados, pues consideraron que la autoridad responsable debió implementar las medidas necesarias para lograr la efectividad del principio de paridad haciendo que trascendiera a la integración de las regidurías de representación proporcional.
Por lo anterior, el TRIJEZ confirmó por mayoría de votos el acuerdo impugnado.