La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México declaró inconstitucional la penalización del aborto en el estado de Coahuila, lo que significa un precedente histórico en todo el país, que impide criminalizar a las mujeres por decidir sobre su cuerpo.
“Nunca más una mujer ni una persona con capacidad de gestar deberá ser juzgada penalmente. Hoy se destierra la amenaza de prisión y el estigma que pesa sobre las personas que deciden libremente interrumpir su embarazo”, sentenció el ministro de la Suprema Corte Luis María Aguilar, autor del proyecto.
Con una votación unánime de 10 votos, el Pleno de la SCJN resolvió no procesar a mujer o personas gestantes por abortar, y se pronunció por primera vez a favor de garantizar el derecho de las mujeres a decidir, sin enfrentar consecuencias penales, por lo que el criterio es ahora obligatorio para todos los jueces del país.
Dicha penalización establecía que se castigaba con hasta tres años de cárcel a las personas gestantes que abortan de manera voluntaria.
El único ministro que no estuvo presente, fue Jorge Mario Pardo Rebolledo quien debido a “causas de fuerza mayor”, según explicó el ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar.
Al finalizar la sesión, el Ministro Presidente destacó que se trata de una decisión histórica en la lucha por los derechos y libertades de las mujeres, particularmente de las más vulnerables. Con este criterio unánime, la Suprema Corte confirma una vez más que su único compromiso es con la Constitución y con los derechos humanos que ésta protege.