El diputado, Armando Delgadillo Ruvalcaba, propuso en una iniciativa con proyecto de decreto que, además de revocar el mandato al titular del Poder Ejecutivo, también se contemple a las y los diputados, presidentes o presidentas municipales, regidores, regidoras y síndicos o síndicas de los ayuntamientos.
El planteamiento del legislador realizado en la sesión ordinaria de la LXIV legislatura, es en el sentido de que la revocación de mandato también aplique para presidentes municipales y diputados locales, con los mismos criterios que ya se aprobó para el caso de la gubernatura; además, propone que ningún servidor público podrá recibir una remuneración superior a la del gobernador.
Recordó en tribuna que el 29 de abril de 2023, se publicó en el Periódico Oficial del gobierno del estado de Zacatecas, el decreto 292 mediante el cual se publicaron las modificaciones constitucionales en materia de revocación de mandato, la cual la consideró incompleta el diputado Armando Delgadillo.
Bajo este argumento, planteó que la reforma esta incompleta e inconclusa, porque solo se avoca al Poder Ejecutivo “pues también deben someterse a la revocación de mandato, los diputados locales, presidentes municipales, síndicos y regidores”.
Argumentó que es un ejercicio mediante el cual, participan los ciudadanos para decidir si un servidor público de elección popular, concluye anticiipadamente el ejercicio del cargo para el que fue electo.
Destacó que ante la falta de conocimiento de la jurisprudencia “se ha dicho en esta legislatura que únicamente aplica al titular del Poder Ejecutivo federal y a los titulares de los ejecutivos locales de las entidades federativas por mandato constitucional. Es una visión sesganda que no debe continuar”.
No es uniamente para el presidente o gobernadores, reiteró.
Puntualizó que en los estados de Aguascalientes, Chihuahua, Guerrero, Jalisco, Nuevo León y San Luis Potosí, se establece que la revocación de mandato se puede aplicar a presidentes municipales, diputados locales por mayoría relativa o de representación proporcional.
Si el pueblo tiene el dercho de participar en la vida pública y votar para elegir a quienes los representarán, también cuenta con la facultad para quitar a sus representantes populares. Si el pueblo pone, también quita, concluyó.