En sesión de Pleno, la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió la inconstitucionalidad de los artículos 74, 128 y 128 Bis de la reforma al ISSSTEZAC (Instituto de Seguridad Social y Servicios de los Trabajadores del Estado de Zacatecas) contenidos en la reforma a la Ley del instituto el 11 de agosto de 2024.
La ministra María Estela Ríos González, realizó una firme defensa de los derechos de los trabajadores de la Sección 58 del SNTE Zacatecas, al argumentar que el aguinaldo es un derecho adquirido y que no debe aplicarse la retroactividad.
Asimismo ante el argumento esgrimido en la citada Ley ISSSTEZAC que se acoge a la argumentación del quebranto en las finanzas, precisó la ministra de la SCJN que ello se debe a una mala administración y que no es por culpa de los trabajadores.

Por otro lado el secretario general de la Sección 58 del SNTE en Zacatecas, maestro Marcelino Rodarte Hernández, reconoció el mandato de la Corte y señaló que “la SCJN ha devuelto lo que por derecho le corresponde a los cotizantes del ISSSTEZAC”.
“Este triunfo es fruto de la persistencia y la firme convicción de quienes siempre confiaron en que su esfuerzo de lucha podría alcanzar la justicia” mencionó el líder sindical.




























