En el Congreso del Estado se presentaron dos iniciativas que buscan garantizar los derechos humanos de las mujeres: castigar con inhabilitación y hasta cárcel a funcionarios que impidan o retarden la justicia para víctimas de feminicidio y reconocer la misoginia como delito de odio.
La primera acción propone reformar el Código Penal en materia de feminicidio para homologarlo a la legislación federal y reconocer la severidad de ese delito, que en esta entidad va en aumento, pues del 2013 al 2018 se registraron 56 casos, siendo las víctimas mujerse entre 18 a 21 años.
De acuerdo con la justificación presentada por el diputado promovente, Héctor Menchaca, “2018 es el año más mortífero para las mujeres en Zacatecas, ya que se contabilizan 15 feminicidios”; mientras que en 2017 fueron 14; y 13, en el 2016.
Tras reconocer que en Zacatecas han fracaso las políticas públicas estatales para enfrentar los feminicidios, lamentó que Fresnillo ocupe el tercer lugar nacional en tasa de feminicidios por municipios, con 1.69 por cada 100 habitantes.
Además, refirió que en esa población cinco de cada 10 denuncias registradas en el Sistema de Emergencia 911 son por violencia contra las mujeres, lo que demuestra la falta de una política integral que fomente el respeto a sus derechos.
Es por ello que sugiere modificar el Artículo 309 Bis para reconocer la gravedad del feminicidio y castigar, de cinco a 10 años de prisión al servidor que retarde o entorpezca maliciosamente o por negligencia la procuración o administración de justicia.
También se le podrán imponer 1,500 días de multa; así como ser destituido e inhabilitado de cinco a 12 años, para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
Por su parte, la diputada local, Carolina Dávila Ramírez, presentó una iniciativa para adicionar la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para instaurar el concepto de misoginia.
La misoginia, explicó, son las conductas de odio, las cuales se manifiestan en actos violentos y crueles por el simple hecho de ser mujer, de ahí que sugiriera adicionar los artículos 7, fracción VII; y 34, fracción XVI.
Además, se establecería en esa ley la obligación de educar y capacitar con perspectiva de género, derechos humanos y eliminación de la violencia de género, al personal que procura la justicia y cuerpos de seguridad.
La ley contempla incluir en la capacitación a funcionarios encargados de las políticas de prevención, atención, sanción y eliminación de la violencia contra las mujeres en el estado, e impulsar la capacitación del personal de Poder Judicial, como juzgadores, magistraturas y defensoría de oficio